El Tribunal de Contratos de Aragón archiva el recurso contra los festejos taurinos de Calatayud

por | 17 Jul 2026

La licitación ha quedado desierta tras la exclusión de todas las empresas participantes, haciendo innecesario el pronunciamiento del órgano fiscalizador.

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) ha dictado el archivo definitivo del recurso interpuesto por la mercantil «EMILIVIA ESPECTÁCULOS, S.L.» contra los pliegos de condiciones que regían la contratación de los festejos taurinos de la Virgen de la Peña de Calatayud para el presente año 2026. La decisión del tribunal se produce después de que el procedimiento administrativo de licitación perdiera su objeto al quedar desierto.

El conflicto legal se originó cuando la citada empresa impugnó los pliegos del contrato, alegando diversas irregularidades, entre las que destacaban la insuficiente justificación para no dividir el contrato en lotes, la disconformidad con los criterios de adjudicación establecidos y la nulidad de ciertas cláusulas restrictivas respecto a la participación de ganaderías con sanciones previas.

«Al haber finalizado el procedimiento tras declararse desierta la licitación, cualquier pronunciamiento del Tribunal sobre el fondo del asunto carece de efecto práctico», señala la resolución.

El fin de la vía administrativa

La situación dio un giro definitivo cuando la Mesa de contratación, tras el análisis de las proposiciones, acordó la exclusión de todas las empresas que concurrían a la licitación por incumplimiento de los requisitos exigidos, tanto en el precio como en la presentación de garantías y compromisos documentales.

Ante esta realidad fáctica, el TACPA, aplicando supletoriamente la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, ha determinado la «imposibilidad material» de continuar con el recurso. Al no existir ya un contrato que adjudicar ni un proceso que fiscalizar, el objeto de la impugnación ha desaparecido, provocando la terminación del expediente.

Esta resolución, adoptada por unanimidad de los miembros del tribunal, pone punto final a la vía administrativa. A partir de ahora, la mercantil afectada solo podrá acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón si decide continuar con su impugnación en un plazo máximo de dos meses.

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